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¿Cómo incorporar la igualdad de género en una Constitución?

Existen varias estrategias y fórmulas que pueden servir para redactar una Constitución con perspectiva de género. Una vía puede ser consagrar derechos específicos, como, por ejemplo, los derechos reproductivos o el derecho a vivir una vida libre de violencia. Otra vía, complementaria o alternativa, puede consistir en la introducción en el texto constitucional de principios que recojan la visión, intereses y experiencias de las mujeres. Así, por ejemplo, pueden incluirse principios que reconozcan el valor social del cuidado, garanticen su retribución económica o establezcan la necesidad de redistribuir equitativamente todas las cargas y responsabilidades sociales entre hombres y mujeres. Subsidiariamente o como un complemento, según sea el caso, podrían idearse cláusulas, generales o específicas, que obliguen a todos los órganos del Estado a observar los estándares internacionales sobre igualdad de género, los que tienen un gran desarrollo y abarcan una serie de temas (violencia, derechos procreativos, acceso a la justicia, a la salud, etc.).

En segundo lugar, es importante tener presente que las cláusulas sobre principios y derechos humanos, típicamente constitucionales, pueden redactarse de formas diversas y, aun así, producir resultados relativamente equivalentes. Por ejemplo, cláusulas que reconozcan la paridad a secas o garanticen el acceso equitativo a las responsabilidades y funciones públicas entre hombre y mujeres; que consagren la igualdad efectiva y transversal o protejan el derecho de todas las personas a participar en igualdad de condiciones en todas las esferas de la vida social, sin importar su sexo o género u otra condición, pueden conducir, para cada caso, a resultados normativos relativamente similares.

Por último, los estudios de género han ido generando un vocabulario que progresivamente ha permeado el lenguaje jurídico-constitucional, el que contempla nociones como interseccionali- dad (o discriminación múltiple) y transversalización de la perspectiva de género en políticas públicas (o mainstreaming), que tienen como ventaja estar dotadas de un significado más o menos claro y estable.